En un post anterior, os presentaba como gestionar/tramitar procedimiento de Incapacidad Permanente (laboral), en el caso que, por motivos de salud, una persona no pudiera dar continuidad a su actividad laboral.
Dicho reconocimiento de IP supondrá el derecho a percibir una pensión que satisfaga la necesidad de ingresos económicos para cubrir nuestras necesidades.
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Pero ¿qué pasaría si no cumplo requisitos (tiempo mínimo cotizado, estar en situación de alta o asimilada, o no haber desempeñado nunca una actividad laboral)?… Para dar cobertura a esa situación, se podría optar a la solicitud de una Pensión No Contributiva por Invalidez.
Por definición, la PNC Invalidez, “asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva”.
Reconocer dicho derecho es una competencia transferida a las Comunidades Autónomas, siendo en el caso de Madrid, responsabilidad de la Consejería de Políticas Sociales y Familia a través de su Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social.
Para su reconocimiento, se deberán cumplir (imprescindible) con los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 65 años (los mayores de 65 optarían a PNC Jubilación).
- Residir legalmente en territorio español por un periodo mínimo de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
- Tener reconocido grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Carecer de recursos suficientes.
El concepto de “recursos suficientes” está baremado y resulta revisable anualmente. De modo general (para este año 2016) queda fijado de modo individual el importe de 5.150,60 € anuales (lo que supondría no superar los 429,21 €/mensuales en caso de disponer de un ingreso periódico).
No obstante, para la percepción de la PNC también se tiene en cuenta a la unidad económica de convivencia (UEC), estableciendo límites de ingresos en función al número de miembros y grado de consanguinidad. Podéis consultar dichos limites pinchando aquí.
Para la tramitación de dicha solicitud, se deberá realizar entrega de la siguiente documentación (de modo general):
- Formulario de solicitud (y otros anexos).
- Fotocopia DNI.
- Certificado de grado de discapacidad.
- Autorización para recabar datos que deberá ser firmada por todos los miembros de la unidad económica de convivencia para que el órgano competente pueda consultar datos referidos a datos que disponga la Agencia Tributaria sobre el IRPF de todos los miembros, así como datos sobre su vida laboral (informe) y certificados del INSS sobre cuantía de las pensiones en caso de que se perciban. El hacer entrega de dicha autorización evita que se deba recabar personalmente dicha información para adjuntarla a la solicitud.
- Certificado de empadronamiento histórico y colectivo.
Todo ello deberá ser entregado en cualquier registro de la Comunidad de Madrid que disponga del servicio de “Ventanilla Única”, o directamente en Registro de Consejería de Políticas Sociales y Familia ubicado en C/ O’Donnell 50.
Una vez presentada la documentación y habiendo sido aceptada la solicitud, el solicitante tendrá derecho a percibir una prestación económica con un importe máximo de 367,90 €/mes (14 pagas), o si tiene reconocido el complemente por necesidad de tercera persona, un importe máximo de 551,85 €/mes (14 pagas).
La renovación de dicha prestación se realiza anualmente a fin de comprobar el mantenimiento de requisitos que nos otorgaron el derecho. Para dicha renovación se deberá presentar la siguiente documentación:
- Declaración anual del pensionista
- Certificado de empadronamiento colectivo.
Esperamos que la información resulte de vuestro interés y utilidad, así como, en caso de requerir de cualquier aclaración, que no dudéis en contactar con nosotr@s.
Un saludo y que tengáis muy buen día.
Buenas tardes yo cobre el primer mes de pensión no contributiva ; ya se puede sacar un crédito o de cuánto sería el tiempo para poder llevar a cabo esta compra ?? Desde ya gracias !!!
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Hola Teresa, para consultas concretas llámanos cuando puedas al 91 404 44 86, en el departamento de Trabajo Social intentaremos asesorarte
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